La plataforma retiene impuestos, pero eso no te exime de tus obligaciones ante el SAT. Necesitas RFC activo, y según tu nivel de ingresos, puede que debas presentar declaraciones mensuales o incluso registrarte como PFAE.
¿Qué es el régimen de plataformas tecnológicas?
Desde 2020, el SAT estableció un régimen fiscal específico para las personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas digitales de intermediación: transporte, hospedaje, entrega de alimentos, venta de bienes y servicios en línea.
La base legal está en los artículos 113-A al 113-C de la Ley del ISR y el artículo 18-J de la Ley del IVA. En resumen: las plataformas están obligadas a retener y enterar al SAT el ISR e IVA de los prestadores de servicios que operan a través de ellas.
¿Qué plataformas aplican?
El régimen aplica a cualquier plataforma digital que intermedie entre un prestador de servicios o vendedor y el usuario final. Las más comunes en México:
| Categoría | Plataformas | Retención ISR |
|---|---|---|
| Transporte de pasajeros | Uber, Didi, Cabify, Beat, inDriver | 2.1% |
| Entrega de bienes / mensajería | Rappi, UberEats, DiDi Food, Amazon Flex | 2% |
| Hospedaje | Airbnb, Vrbo, Booking.com | 4% |
| Venta de bienes | Mercado Libre, Amazon, Etsy, eBay | 0.4% |
| Servicios en línea | Fiverr, Upwork, Freelancer.com | 1% |
¿Cómo funciona la retención de impuestos?
Cuando la plataforma te paga, ya descuenta el ISR e IVA correspondiente antes de transferirte el dinero. Ese monto retenido lo entera directamente al SAT a tu nombre. Al final del año recibes una constancia de retenciones con el resumen de lo que se te retuvo.
¿Qué retiene exactamente la plataforma?
| Impuesto | Tasa retenida por plataforma | Tasa real aplicable |
|---|---|---|
| ISR | Según actividad (0.4% – 4%) | Tarifa progresiva según tu ingreso total anual |
| IVA | 16% del monto de la operación | 16% (tasa general) |
La retención de ISR es provisional, no definitiva. Significa que es un anticipo a cuenta de tu impuesto anual real. Dependiendo de tus ingresos y deducciones totales, al hacer tu declaración anual podrías tener saldo a favor o saldo a pagar.
Dos opciones: régimen simplificado vs. PFAE regular
El SAT ofrece dos caminos dependiendo del nivel de tus ingresos anuales por plataformas:
| Situación | Régimen Simplificado | PFAE Regular |
|---|---|---|
| Ingresos anuales | Hasta $300,000 MXN | Más de $300,000 MXN (o si decides este régimen) |
| Declaraciones mensuales | ❌ No requeridas | ✅ ISR e IVA mensual |
| Declaración anual | ✅ Sí (opcional con RESICO) | ✅ Obligatoria |
| Retención como pago definitivo | ✅ Sí, si optas por ello | ❌ Es provisional |
| Deducción de gastos | ❌ No aplica | ✅ Sí, gastos relacionados con la actividad |
| CFDI propio | No siempre requerido | ✅ Debes emitir facturas CFDI |
¿Qué necesitas para cumplir con el SAT?
Paso 1 — RFC activo y vigente
Sin RFC no puedes operar legalmente en plataformas mexicanas. Si aún no lo tienes, consulta nuestra guía sobre cómo tramitar el RFC en México. Las plataformas están obligadas a solicitar tu RFC para hacer la retención a tu nombre.
Paso 2 — Activar tus obligaciones en el SAT
Debes darte de alta en el SAT con la actividad económica correspondiente a tu plataforma. Si ya tienes RFC pero no has declarado ingresos por plataformas, puedes actualizar tus obligaciones en el portal del SAT o en una oficina.
Paso 3 — Llevar control de tus ingresos
Aunque la plataforma retenga, tú debes registrar todos tus ingresos. Al final del año, la plataforma te enviará tu constancia de retenciones — guárdala, la necesitarás para tu declaración anual.
Paso 4 — Declaración anual obligatoria
Incluso en el régimen simplificado debes presentar declaración anual. En ella acreditas las retenciones que ya hicieron las plataformas. Si tus gastos deducibles son altos (gasolina, mantenimiento del auto, renta del espacio, etc.), puede resultarte un saldo a favor que puedes solicitar de regreso al SAT.
Gastos deducibles para conductores y hosts
Si tributas como PFAE puedes deducir gastos directamente relacionados con tu actividad:
| Actividad | Gastos deducibles comunes |
|---|---|
| Uber / Didi (conductor) | Gasolina, mantenimiento del vehículo, seguro del auto, depreciación del vehículo, teléfono celular (proporcional) |
| Rappi / UberEats (mensajero) | Gasolina o carga eléctrica, mantenimiento de moto/bici, casco y equipo de seguridad |
| Airbnb (anfitrión) | Renta proporcional del inmueble, servicios (luz, agua, internet), limpieza, reparaciones, mobiliario |
| Mercado Libre (vendedor) | Costo de mercancía, empaque, envíos, almacenaje, comisiones de la plataforma |
Preguntas frecuentes
¿Puedo combinar plataformas con un empleo formal?
Sí. Si eres asalariado y además generas ingresos por plataformas, debes declarar ambas fuentes en tu declaración anual. Las retenciones de tu empleador y las de las plataformas se acreditan contra tu ISR anual total.
¿Qué pasa si no me registro en el SAT pero uso plataformas?
La plataforma igual retiene impuestos, pero sin tu RFC los entera a nombre genérico. Eso no te protege — el SAT puede detectar los ingresos a tu nombre y enviarte requerimientos. Además pierdes el derecho a deducir gastos y a recuperar saldo a favor. Regularizarte siempre es mejor que esperar una auditoría.
¿Puedo estar en RESICO y usar plataformas?
Depende. El régimen RESICO tiene restricciones — no aplica si tus ingresos provienen de actividades con retención de plataformas de forma preponderante. La combinación es posible en algunos casos, pero requiere análisis. Un contador puede determinar cuál régimen te conviene más según tu situación específica.
¿Airbnb retiene impuestos en México?
Sí. Desde 2020 Airbnb tiene RFC en México y está obligado a retener el 4% de ISR y el 16% de IVA sobre cada reserva. Te emite una constancia de retenciones al cierre del año. Como anfitrión, debes declarar esos ingresos aunque Airbnb ya haya retenido — la retención es provisional.
¿Tienes ingresos por Uber, Airbnb, Rappi u otras plataformas?
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