Personas Morales (SA de CV, SAPI, AC…): del 1 de abril al 31 de mayo de 2026.
Personas Físicas con trabajadores a su cargo: del 1 al 29 de junio de 2026.
Si ya pasó el plazo, la obligación no desaparece — con recargos y posibles sanciones de la STPS.
¿Qué es el PTU?
El PTU (Participación de las Utilidades de los Trabajadores) es el reparto obligatorio del 10% de la utilidad fiscal anual de una empresa o patrón entre sus trabajadores. Su base legal está en el Artículo 123 de la Constitución Mexicana y en los artículos 117 a 131 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
No es un beneficio opcional ni un bono discrecional: es una obligación constitucional. Cualquier empresa o persona física que haya tenido trabajadores durante 2025 y haya generado utilidad fiscal debe repartir PTU en 2026.
¿Quién está obligado a pagar PTU?
Están obligados a repartir PTU todos los patrones que cumplan estas condiciones:
- Haber tenido al menos un trabajador subordinado durante el ejercicio fiscal 2025.
- Haber generado utilidad fiscal positiva según la declaración del ISR.
- Ser persona física o moral (empresas) con actividad empresarial.
¿Quiénes están exentos de pagar PTU?
| Sujeto | ¿Paga PTU? | Base legal |
|---|---|---|
| Empresas de nueva creación (primer año) | ❌ Exentas | LFT Art. 126 fracc. I |
| Empresas con capital menor a $300,000 MXN (según SCyF) | ❌ Pueden estar exentas | LFT Art. 126 |
| Instituciones de asistencia privada (sin fines de lucro) | ❌ Exentas | LFT Art. 126 |
| IMSS e instituciones públicas de seguridad social | ❌ Exentas | LFT Art. 126 |
| Empresas en pérdida fiscal (utilidad fiscal = 0 o negativa) | ❌ No procede | Sin utilidad = sin PTU |
| Empresas con utilidad fiscal positiva y trabajadores | ✅ Obligadas | Constitución Art. 123 |
¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?
Tienen derecho a PTU todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal 2025, independientemente de si aún trabajan en la empresa o si ya salieron antes del reparto.
Se incluyen trabajadores:
- De tiempo completo, medio tiempo o por jornada reducida.
- Que hayan sido dados de baja antes del cierre del año, siempre que hayan trabajado 60+ días.
- Con incapacidades reconocidas por el IMSS (estos días cuentan).
¿Quiénes NO reciben PTU?
- Directores, gerentes y administradores generales que tomen decisiones ejecutivas sobre el negocio.
- Socios y accionistas que prestan servicios a la empresa (reciben utilidades, no PTU).
- Trabajadores domésticos (tienen régimen especial diferente).
- Trabajadores con menos de 60 días laborados en el año.
¿Cómo se calcula el PTU 2026?
El cálculo del PTU sigue un proceso definido en la LFT. La base es la utilidad fiscal del ejercicio 2025, que resulta de la declaración anual de ISR. Sobre esa utilidad se aplica el 10% para obtener el fondo total a repartir.
Paso 1 — Obtener la utilidad fiscal
La utilidad fiscal es el resultado de tu declaración anual de ISR: ingresos acumulables menos deducciones autorizadas. Este dato aparece en la declaración anual presentada ante el SAT.
Paso 2 — Calcular el fondo PTU
Fondo PTU = Utilidad fiscal × 10%
Ejemplo: si tu utilidad fiscal fue de $2,000,000 MXN, el fondo PTU es de $200,000 MXN.
Paso 3 — Dividir el fondo en dos partes iguales
El fondo PTU se divide en dos partes del 50% cada una:
| Parte | Criterio de reparto | Base |
|---|---|---|
| Parte A (50%) | Proporcional a los días trabajados por cada trabajador en el año | LFT Art. 123 |
| Parte B (50%) | Proporcional al salario percibido por cada trabajador en el año | LFT Art. 123 |
Ejemplo práctico de cálculo de PTU
Supongamos una empresa con fondo PTU de $100,000 MXN y dos trabajadores:
| Concepto | Trabajador A | Trabajador B | Total |
|---|---|---|---|
| Días trabajados en 2025 | 365 | 180 | 545 días |
| Salario anual percibido | $240,000 MXN | $90,000 MXN | $330,000 MXN |
| Parte A — $50,000 MXN (por días) | |||
| Valor por día (50k ÷ 545) | $91.74 MXN/día | ||
| PTU Parte A | $33,485 MXN | $16,515 MXN | $50,000 MXN |
| Parte B — $50,000 MXN (por salario) | |||
| Factor (50k ÷ 330k) | 0.1515 | ||
| PTU Parte B | $36,364 MXN | $13,636 MXN | $50,000 MXN |
| PTU TOTAL | $69,849 MXN | $30,151 MXN | $100,000 MXN |
Tope máximo de PTU por trabajador
Desde la reforma laboral de 2021, existe un tope máximo de PTU por trabajador. Un trabajador no puede recibir más de:
- 3 meses de su salario, o
- El promedio de los últimos 3 años de PTU recibida en la misma empresa,
lo que resulte mayor entre las dos opciones. El excedente no distribuido queda en la empresa — no se acumula para el siguiente año ni se devuelve al SAT.
¿El PTU es deducible para la empresa?
Sí. El PTU pagado a los trabajadores es deducible para efectos del ISR, aunque con algunas particularidades:
- El PTU pagado en el ejercicio es deducible en ese mismo ejercicio fiscal.
- No es deducible para efectos del cálculo de la base del PTU del siguiente año (se suma de vuelta a la utilidad).
- Para personas morales: existe un ajuste técnico en la determinación de la renta gravable para PTU — se usa la utilidad fiscal del ISR, no la utilidad contable.
Si tienes dudas sobre cómo registrar el PTU en tu contabilidad o cómo afecta tu deducción fiscal, nuestros contadores pueden orientarte.
¿Cómo se paga el PTU a los trabajadores?
- Cálculo individual: Determina el PTU de cada trabajador siguiendo el método de dos partes.
- Notificación: Informa a cada trabajador el monto que le corresponde con al menos 10 días de anticipación al pago.
- Pago: Realiza el pago en efectivo, transferencia o cheque nominativo. Debe quedar registrado en nómina y en el CFDI de nómina correspondiente.
- Firma de recibo: Obtén la firma o acuse de recibo del trabajador. En caso de disputas ante la STPS, el recibo firmado es tu principal defensa.
- CFDI de nómina: Timbra el PTU como percepción en el CFDI de nómina con el código PTU. Es obligatorio para efectos de deducción.
¿Qué pasa si no pagas el PTU?
No pagar el PTU tiene consecuencias legales y económicas serias:
| Consecuencia | Detalle |
|---|---|
| Multas STPS | De 50 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por cada trabajador afectado (UMA 2026: $108.57 MXN diarios) |
| Demanda laboral individual | El trabajador puede demandar ante la Junta de Conciliación — la empresa paga PTU + recargos + honorarios |
| Inspección STPS | Si varios trabajadores denuncian, la STPS puede iniciar una inspección de nómina y prestaciones |
| No deducibilidad fiscal | El PTU que no se paga no puede deducirse — pierdes el beneficio fiscal aunque tengas la obligación |
Las multas fiscales y laborales por incumplimiento en nómina pueden ser cuantiosas. Si tienes problemas para determinar si debes PTU o no, es mejor resolverlo con un especialista antes que enfrentar una inspección.
Preguntas frecuentes sobre el PTU 2026
¿Mi empresa tiene pérdida fiscal — debo pagar PTU?
No. Si tu utilidad fiscal para ISR resultó en cero o negativa, no hay base para el PTU. El reparto procede únicamente cuando hay utilidad fiscal positiva. Eso sí, debes conservar tu declaración anual que lo sustente.
¿Qué pasa si el trabajador ya no trabaja en mi empresa?
Si laboró 60 o más días en 2025, tiene derecho al PTU aunque ya no esté en la empresa. Debes localizarlo para pagarle. Si no es localizable, los montos no reclamados se depositan en la Tesorería de la Federación a los 30 días del vencimiento del plazo de pago.
¿El PTU se cuenta como ingreso gravado para el trabajador?
Sí, parcialmente. El PTU recibido por el trabajador es ingreso acumulable para su declaración anual, pero cuenta con una exención de 15 días de salario mínimo ($1,628.55 MXN en 2026 con salario mínimo de $108.57 diarios). El excedente sí grava ISR y se retiene en el CFDI de nómina.
Soy persona física con empleados domésticos — ¿debo pagar PTU?
Los trabajadores domésticos tienen un régimen especial en la LFT. Técnicamente tienen derecho al PTU, pero el cálculo se hace sobre los ingresos personales del empleador, no sobre una "utilidad fiscal". En la práctica, la mayoría de pequeños patrones personas físicas sin actividad empresarial formal no generan base para el PTU doméstico. Consulta con un contador si tienes dudas específicas.
¿Puedo pagar el PTU en partes?
Sí. Si la empresa no tiene liquidez suficiente, el artículo 122 de la LFT permite pagarlo en partes. Sin embargo, al menos la primera parte debe pagarse dentro del plazo legal. Lo ideal es siempre cubrir el monto completo a tiempo.
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